Reglamento de IA y Ómnibus Digital: qué cambia para las empresas

    Reglamento de IA y Ómnibus Digital: qué está ya en vigor, qué obligaciones de alto riesgo se aplazan, transparencia, sanciones y 5 pasos prácticos para pymes.

    Publicado el Actualizado el 7 min de lectura

    El Reglamento de IA (AI Act), Reglamento (UE) 2024/1689, es la primera legislación europea integral sobre inteligencia artificial. Sus normas se aplican por etapas, y en 2026 el calendario fue modificado por el Ómnibus Digital sobre IA. Para una empresa que utiliza o está evaluando herramientas de IA, la pregunta práctica es sencilla: ¿qué se aplica ya hoy, qué se ha aplazado y qué conviene hacer ahora?

    En este artículo resumimos las fechas principales, aclaramos lo que no cambia y proponemos cinco pasos prácticos para pymes.

    La normativa está en evolución: consulta las fuentes oficiales.

    Qué está ya en vigor

    El Ómnibus Digital sobre IA, Reglamento (UE) 2026/1744, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 24 de julio de 2026 y está en vigor desde el 27 de julio de 2026. Modifica el Reglamento de IA principalmente cambiando su calendario e introduciendo algunas simplificaciones.

    Algunas partes del Reglamento de IA ya se aplican:

    • Prácticas prohibidas: las prohibiciones se aplican desde el 2 de febrero de 2025.
    • Transparencia: desde el 2 de agosto de 2026 se aplican las obligaciones de transparencia, incluida la de informar a las personas que interactúan con un sistema de IA.
    • Autoridades: desde el 2 de agosto de 2026 se aplican también las competencias de las autoridades.

    En resumen, el calendario actualizado queda así:

    FechaQué ocurre
    2 de febrero de 2025Se aplican las prohibiciones de las prácticas de IA prohibidas
    27 de julio de 2026Entra en vigor el Ómnibus Digital sobre IA, Reglamento (UE) 2026/1744
    2 de agosto de 2026Se aplican las obligaciones de transparencia y las competencias de las autoridades
    2 de diciembre de 2027Obligaciones para los sistemas de alto riesgo del anexo III (antes previstas a partir del 2 de agosto de 2026)
    2 de agosto de 2028Obligaciones para los sistemas de alto riesgo del anexo I

    Qué se ha aplazado

    El cambio más relevante del Ómnibus Digital afecta a los sistemas de alto riesgo, para los que el Reglamento de IA fija las obligaciones más exigentes:

    • las obligaciones para los sistemas de alto riesgo del anexo III pasan del 2 de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027;
    • las de los sistemas del anexo I pasan al 2 de agosto de 2028.

    El Ómnibus Digital también ha flexibilizado el enfoque de la alfabetización en IA, es decir, las competencias que las organizaciones deben promover entre quienes usan estos sistemas, y prevé simplificaciones para las pymes.

    Sin embargo, el aplazamiento no debe interpretarse como vía libre. El tiempo adicional sirve para prepararse: quienes desarrollan o usan sistemas que podrían entrar en la categoría de alto riesgo tienen la oportunidad de organizarse con calma, en lugar de ir contrarreloj. Para saber si un sistema entra en estas categorías, consulta el texto del reglamento y sus anexos.

    Qué no cambia: la transparencia

    Las obligaciones de transparencia se aplican desde el 2 de agosto de 2026. Incluyen la obligación de informar a las personas que interactúan con un sistema de IA. Esto afecta a muchas empresas, incluidas las que no desarrollan IA pero la utilizan, por ejemplo en un asistente que responde a clientes o empleados.

    En la práctica, si en tu organización hay personas que interactúan con un sistema de IA, conviene revisar ya cómo se les informa y documentar las decisiones tomadas. Es un paso sencillo que reduce el riesgo de malentendidos con usuarios y trabajadores.

    Un buen ejercicio es preguntarse, para cada herramienta en uso, si las personas saben que están tratando con un sistema de IA. Si la respuesta no es segura, conviene añadir un mensaje claro en la interfaz o en la documentación que se entrega a los usuarios.

    Sanciones

    El Reglamento de IA prevé sanciones importantes:

    • hasta 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocio por prácticas prohibidas;
    • hasta 15 millones de euros o el 3 % del volumen de negocio por incumplimientos de otras obligaciones.

    Para la cuantía aplicable en un caso concreto y las normas específicas para pymes, consulta siempre el texto oficial del reglamento.

    Qué hacer ahora: 5 pasos para pymes

    1. Haz un inventario de las herramientas de IA

    Enumera todas las herramientas de IA utilizadas en la empresa, incluidas las adoptadas por su cuenta por cada departamento: asistentes de redacción, chatbots, funciones de IA integradas en programas que ya se usan. Para cada una, anota quién la usa, para qué y con qué datos.

    2. Clasifica el riesgo

    Para cada herramienta, valora en qué categoría de riesgo del Reglamento de IA podría encajar. La mayoría de los usos cotidianos no serán de alto riesgo, pero es importante saberlo con certeza, sobre todo si la IA se utiliza en ámbitos delicados como la gestión de personal.

    3. Define una política de uso

    Fija reglas claras: qué herramientas están autorizadas, qué datos pueden introducirse, quién puede usarlas y cómo deben comprobarse los resultados. Una política escrita también es un buen punto de partida para la alfabetización en IA. Para un índice de ejemplo, lee nuestra guía sobre la IA en la empresa, la privacidad y el RGPD.

    4. Informa a usuarios y trabajadores

    Comprueba cómo se informa a las personas que interactúan con un sistema de IA. En Italia, en el ámbito laboral, la Ley 132/2025 sobre IA obliga a los empleadores a informar a los trabajadores sobre el uso de sistemas de IA.

    5. Elige proveedores con garantías contractuales

    Muchas obligaciones dependen de cómo trata los datos el proveedor. Antes de adoptar una herramienta, comprueba dónde se guardan los datos, si se usan para entrenar modelos y qué garantías se recogen por escrito en el contrato.

    Estos cinco pasos no requieren grandes inversiones y pueden realizarse de forma gradual. La ventaja es doble: la empresa se prepara para los plazos del Reglamento de IA y, al mismo tiempo, obtiene una visión clara de cómo se usa internamente la inteligencia artificial, reduciendo riesgos y usos no autorizados. Es recomendable encargar la coordinación a una persona o a un pequeño grupo de trabajo, que mantenga actualizado el inventario y siga la evolución de la normativa.

    Cómo ayuda ThorIA

    ThorIA, la IA empresarial de Thorsoft, se diseñó teniendo en cuenta estos puntos:

    • datos en la UE, en servidores certificados en Milán (Italia);
    • sin entrenamiento con datos de los clientes: los datos nunca se utilizan para entrenar modelos;
    • personalización sobre los procesos de la empresa, a cargo del equipo de Thorsoft;
    • EIPD disponible bajo petición;
    • certificaciones ISO 27001, ISO 27017 e ISO 27018.

    Thorsoft clasifica ThorIA en la categoría de riesgo limitado del Reglamento de IA. Cada organización sigue siendo responsable de valorar cómo utiliza la herramienta en sus propios procesos.

    F.A.Q. - Preguntas frecuentes

    ¿Qué es el Ómnibus Digital sobre IA?

    Es el Reglamento (UE) 2026/1744, publicado en el Diario Oficial de la UE el 24 de julio de 2026 y en vigor desde el 27 de julio de 2026, que entre otras cosas modifica los plazos del Reglamento de IA.

    ¿Qué obligaciones se han aplazado?

    Las obligaciones para los sistemas de alto riesgo del anexo III pasan del 2 de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027; las del anexo I, al 2 de agosto de 2028.

    ¿Qué se aplica ya hoy?

    Las prácticas prohibidas, desde el 2 de febrero de 2025; desde el 2 de agosto de 2026, las obligaciones de transparencia, incluida la de informar a las personas que interactúan con un sistema de IA, y las competencias de las autoridades.

    ¿Qué sanciones prevé el Reglamento de IA?

    Hasta 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocio por prácticas prohibidas, y hasta 15 millones de euros o el 3 % por otras obligaciones.

    ¿Qué cambia para las pymes?

    El Ómnibus Digital prevé simplificaciones para las pymes y ha flexibilizado el enfoque de la alfabetización en IA. Consulta las fuentes oficiales para los detalles.

    ¿Por dónde debe empezar una pyme?

    Por un inventario de las herramientas de IA en uso, seguido de la clasificación del riesgo, una política de uso, la información a usuarios y trabajadores y la elección de proveedores con garantías contractuales.

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    La normativa está en evolución: consulta las fuentes oficiales. Información general, no asesoramiento jurídico: consulta siempre la normativa vigente.

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    ThorIA, la IA empresarial con datos en la UE

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